Histórico fallo de la Corte IDH condena a Paraguay por homicidio de Santiago Leguizamón

Histórico fallo de la Corte IDH condena a Paraguay por homicidio de Santiago Leguizamón

La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó oficialmente al Estado paraguayo sobre la sentencia por la cual lo condenó por su “responsabilidad internacional” en la violación de los derechos humanos por el homicidio del periodista Santiago Leguizamón Zaván, ocurrido el 26 de abril de 1991.

Con esto, despuès de 31 años de aquèl fatìdico mediodia en la fecha que se celebra el Día del Periodista en nuestro país, llega la justicia para Santiago y su familia, de la mano del más alto tribunal hemisférico en materia de derechos humanos. Las medidas de reparación establecidas por la Corte IDH abarcan diversos aspectos. También estableción medidas para “la no repetición” de hechos similares, entre los cuales se encuentran las referidas a fortalecer la tarea de la Mesa para la Seguridad de Periodistas del Paraguay en torno a la prevención y protección de hechos de violencia contra periodistas y comunicadores sociales.

“Como garantías de no repetición el Estado deberá adoptar las medidas adecuadas para fortalecer el trabajo de la Mesa para la Seguridad de Periodistas del Paraguay y crear, en el marco de la Mesa, un fondo destinado a la financiación de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia a periodistas víctimas de violencia; impulsar la aprobación de un Proyecto de Ley sobre libertad de expresión, protección a periodistas, trabajadores de prensa y defensores de derechos humanos; y remitir los informes
periódicos que envía a los organismos especializados de la OEA y de las Naciones Unidas, relacionados con las medidas implementadas para la prevención y protección de las y los periodistas en Paraguay”, señala el resumen oficial de la sentencia.

La Corte IDH declaró que el Estado de Paraguay es responsable por el homicidio del periodista Santiago Leguizamón Zaván y,
en consecuencia, por la violación de sus derechos a la vida y a la libertad de pensamiento y expresión en sus facetas individual y colectiva. Además, declaró responsable al Estado por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e integridad personal de la esposa, hija e hijos de Leguizamón Zaván.

El Estado reconoció su responsabilidad internacional en este caso. La Corte valoró dicha postura, por constituir una contribución positiva al desarrollo del proceso, a la vigencia de los principios que inspiran la Convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas. Además, valoró que implicó la renuncia del Estado a la limitación temporal al ejercicio de su competencia y el reconocimiento, en el proceso ante la jurisdicción interamericana, de la calidad de víctima de Santiago.

En su oportunidad, los familiares de Santiago (su viuda, Ana Morra, y sus hijos) habían impulsado la acción internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con apoyo de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). En ocasión de la audiencia pertinente ante la Corte IDH, Dante Leguizamón, hijo de Santiago, reiteró las informaciones que la familia había tenido sobre los motivos y presuntos autores del asesinato de su padre. (Ver nota de prensa AQUÍ)

La Corte IDH transmitiò la sentencia el día viernes 16 de diciembre pasado (Ver transmisión AQUÍ, transmisión desde el minuto 35′). El fallo integral de la Corte IDH puede leerse en el siguiente ENLACE. El resumen de la sentencia puede leerse AQUÍ. Un comunicado oficial de la Corte IDH sobre el fallo puede leerse AQUI.

El Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay informó a la Mesa para la Seguridad de Periodistas sobre este fallo, mencionando las partes en que la Corte IDH involucró a la Mesa para el ámbito de las medidas de reparación dentro del caso. La nota oficial del MRE puede leerse AQUI.

Periodista Editor
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