Versión extendida:
En agosto de 1992, Ricardo Canese, en ese momento columnista del diario La Nación, había publicado una serie de artículos en los que exponía hechos de corrupción asociados al entonces candidato a la presidencia de la República por el Partido Colorado, Ing. Juan Carlos Wasmosy y a sus socios de una firma constructora durante la construcción de la represa de Itaipú.
Asimismo, Canese también fue candidato a la presidencia y durante los discursos políticos exponía estos argumentos. Todo ello llevó a que Wasmosy y sus socios presentaran una querella por difamación y calumnia contra Canese. El 22 de marzo de 1994 la misma fue resuelta por el juzgado de primera instancia en lo penal, en la que fue condenado a 4 meses de pena privativa de libertad y al pago de una multa.
Ante este resultado adverso, Canese presentó una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de primera instancia. La Sala Constitucional rechazó la acción en octubre de 1997 argumentando que no se habían agotado las vías. Por lo que el querellado apeló el fallo ante el Tribunal de Apelación en lo Criminal y éste dictaminó el 4 de noviembre de 1997 aun de manera adversa, pues el sentido de culpabilidad se ratificaba, solo se reducían las sentencias, quedando en 2 meses de pena privativa de libertad y el pago de la multa en cerca de 3 millones de guaraníes. Además de ello, durante todo el proceso judicial, Canese tuvo la prohibición de salir del país.
A la par del proceso judicial en Paraguay, Canese presentó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el de julio de 1998. Finalmente, en diciembre de 2002, la Corte Suprema de Justicia anuló el fallo absolviendo a Canese.
En el año 2002, la CIDH había emitido una serie de recomendaciones al Estado Paraguayo; las que fueron incumplidas por este. Razón por la que en el año 2004, la CIDH elevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que concluyó que el Estado paraguayo violó la libertad de expresión de Ricardo Canese. El 6 de agosto de 2008 la Corte IDH concluyó el proceso de supervisión del acatamiento de la sentencia emanada en 2004; el Estado paraguayo había dado cumplimiento a la sentencia de fondo, así también pagó los intereses moratorios de la indemnización.
Fuentes:
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Ricardo Canese
Informe anual 2009 de la Relatoría para la Libertad de Expresión
Informe anual 2002 de la Relatoría para la Libertad de Expresión
Columbia University – Repositorio de causas contra la libertad de expresión
Sociedad Interamericana de Prensa – Escrito de amicus curiae presentado en el marco del caso ante la Corte IDH
Comunicado del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional – CEJIL
Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia
Sitio web de la Corte Suprema de Justicia – Sentencias emitidas por la Corte IDH respecto al Paraguay
Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1997
Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2004. Edición impresa
Diario ABC Color
Diario Última Hora