Procesos civiles y penales

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: El presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez, querelló al periodista por sus publicaciones en redes sociales en las que se refiere a él como corrupto. 

 

Fecha del hecho: 25 de octubre de 2022.

 

Función: Periodista de investigación, corresponsal de Infobae y colaborador de Sin Falta.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles:

Alejandro Domínguez entabló la segunda querella contra el periodista luego de sus publicaciones en las que abordaba la corrupción en el fútbol el 31 de diciembre de 2019.

 

El 25 de octubre de 2022 el periodista Velázquez recibió una segunda condena resultante de otra querellada impulsada por el presidente de la CONMEBOL por hechos de calumnia y difamación. En esta ocasión la sentencia fue de un año y seis meses, también con suspensión de la ejecución de la pena, y dictada por el juez de Sentencia N° 25 de Capital, Carlos Hermosilla.

 

Carátula: MARCOS RICARDO VELAZQUEZ ROJAS S/CALUMNIA Y OTROS. EXPEDIENTE N° 630. AÑO 2019.

 

Sentencia: El periodista fue condenado a un año y seis meses de prisión con suspensión de la ejecución.

 

Estado de la causa:Finalizada con condena al periodista.

 

Fuentes:

 

Diario Hoy

 

Diario La Nación 

 

Informe de Codehupy sobre los Derechos Humanos en Paraguay – Año 2019

 

 

Cuenta en Twitter del periodista Marcos Velázquez

 

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

 

 

Informe anual 2019 de la Relatoría para la Libertad de Expresión

 

 

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: El comunicador fue querellado por supuesta difamación, calumnia e injuria por el dirigente político Juan Antonio Rojas Cantero, presidente de la Asociación de Padres de la Orquesta de Cateura.

 

Fecha del hecho: 28 de julio de 2022.

 

Función: Editor de La Nación Digital.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: En julio de 2022 el Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) dio a conocer un comunicado repudiando la persecución que soporta el periodista de Nación Media Carlos Giménez. El editor de La Nación digital fue querellado por difamación, calumnia e injuria por el dirigente político Juan Rojas Cantero, miembro de la Asociación de Padres de la Orquesta de Instrumentos Reciclados de Cateura, proyecto dirigido por Favio Chávez.

 

El comunicador Giménez había realizado una investigación periodística sobre varias irregularidades en la administración de la Orquesta de Instrumentos Reciclados de Cateura.

 

Al respecto, la Federación Internacional de Periodistas también informó que se “mantiene en alerta ante el notorio crecimiento de la judicialización del trabajo periodístico en Paraguay y en toda la región, situación que atenta contra la libertad de expresión y el derecho de los pueblos a recibir información”.

 

El inicio del juicio oral y público fue fijado para el 22 de julio de 2022. El 28 de julio la jueza de Sentencia Olga Ruiz González declaró el abandono de la querella y la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo a favor del comunicador, pues el querellante ni sus abogados se presentaron al juicio. Asimismo, la referida magistrada dispuso que las costas del presente juicio sean cubiertas por la querella que promovió Juan Rojas Cantero. Esto implica que el querellante tendrá que asumir los gastos del juicio oral.

 

Carátula: CARLOS MIGUEL GIMENEZ ORTIZ S/CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 29. AÑO 2021.

 

Sentencia: Extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo a favor del comunicador.

 

Estado de la causa: El 28 de julio de 2022 se declaró el abandono de la querella y la extinción de la acción penal y el sobreseimiento definitivo a favor del comunicador, pues el querellante ni sus abogados se presentaron al juicio.

 

Fuentes:

 

Mesa para la Seguridad de Periodistas a través de informes del Sindicato de Periodistas del Paraguay

 

Sistema de Consultas de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

 

Diario La Nación 

 

Diario La Nación

 

Diario La Nación

 

Diario La Nación

 

Diario Hoy

 

Diario La Nación

 

 

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: El presidente de la Conmebol, Alejandro Domínguez, querelló al periodista por sus publicaciones en redes sociales en las que se refiere a él como corrupto.

 

Fecha del hecho: 4 de enero de 2022.

 

Función: Periodista de investigación, corresponsal de Infobae y colaborador de Sin Falta.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: El presidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), Alejandro Domínguez, entabló la primera querella por difamación, calumnia e injuria luego de que el periodista Velázquez se refiriera a él como “corrupto” a través de su cuenta en Twitter. Debido a sus gestiones, tanto en la Conmebol, como en la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF). Esta querella fue presentada el 18 de julio de 2019.

 

El 4 de enero de 2022 el periodista Marcos Velázquez fue condenado a un año y nueve meses de prisión con suspensión de la ejecución, es decir no fue remitido a una penitenciaria. Esto como resultado de una querella por calumnia interpuesta por Alejandro Domínguez, presidente de la Conmebol, en el año 2019. El juez a cargo de la causa fue Víctor Alfieri, juez de Sentencias N° 8 de Capital.

 

Carátula: MARCOS RICARDO VELAZQUEZ ROJAS S/CALUMNIA Y OTROS. EXPEDIENTE N° 247. AÑO 2019.

 

Sentencia: Finalizada con condena al periodista.

 

Estado de la causa: El periodista fue condenado a un año y nueve meses de prisión con suspensión de la ejecución.

 

Fuentes:

 

Diario La Nación

 

Informe de Codehupy sobre los Derechos Humanos en Paraguay – Año 2019 

 

Cuenta en Twitter del periodista Marcos Velázquez

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

 

Informe anual 2019 de la Relatoría para la Libertad de Expresión

Cantidad de víctimas por hecho: 2

 

Hecho: Abogado de ex viceministra de la SET querelló a directora del diario ABC Color y al periodista Juan Carlos Lezcano por publicaciones relacionadas con un inmueble en Paraguari.

 

Fecha del hecho: 28 de junio de 2021.

 

Función: Periodista y directora de ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: El abogado Jacinto Santa María, representante legal de la exviceministra de Tributación Marta González Ayala, promovió dos nuevas querellas autónomas por difamación y calumnia contra la directora de ABC Color, Natalia Zuccolillo, y el periodista Juan Carlos Lezcano. La querella anterior data del año 2019.

 

Estas querellas fueron motivadas por las nuevas publicaciones realizadas en el mes de marzo de 2021 en las que ABC Color informaba sobre actos de despojo de inmueble en perjuicio de un poblador de la compañía Mbatoví del distrito de Paraguarí, que involucraban a González Ayala y Santa María.

 

El 05 de septiembre de 2022, por resolución del juez Juan Carlos Zárate, se absolvió a Natalia Zuccolillo y a Juan Carlos Lezcano. El juez sostuvo que las publicaciones de ABC Color en relación a la controversia de las tierras se adecuaban con lo expuesto por el afectado Juan Báez. La defensa fue ejercida por los abogados Rodrigo Yódice y Alfredo Kronawetter. 

 

Carátulas: NATALIA MARÍA ZUCCOLILLO PAPPALARDO Y OTROS S/ CALUMNIA Y OTROS, EXPEDIENTE N° 256. AÑO 2021. JUZGADO DE SENTENCIA N° 24

NATALIA MARÍA ZUCCOLILLO PAPPALARDO Y OTROS S/ CALUMNIA Y OTROS, EXPEDIENTE N° 257. AÑO 2021. JUZGADO DE SENTENCIA N° 35.

 

Sentencia: Absolución.

 

Estado de la causa: El 05 de septiembre de 2022, por resolución del juez Juan Carlos Zárate, se absolvió a Natalia Zuccolillo y a Juan Carlos Lezcano.

 

Fuentes:

 

Diario ABC Color

 

Sitio web de la Red Global IFEX por la defensa y promoción de la libertad de expresión

Diario La Nación

 

Sistema de consultas de casos judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

 

Diario ABC Color

Cantidad de víctimas por hecho: 2

 

Hecho: Ex viceministra de la SET presentó querella contra directora del diario ABC Color y contra periodista del mismo medio por publicaciones de supuestas irregularidades durante su gestión.

 

Fecha del hecho: 26 de setiembre de 2019.

 

Función: Periodista y directora de ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles:

Marta González, ex viceministra de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), en fecha 26 de setiembre de 2019, presentó querella contra la directora del diario ABC Color, Natalia Zuccolillo, y contra el periodista del mismo medio, Juan Carlos Lezcano, por publicaciones de supuestas irregularidades durante su gestión, puntualmente en la adjudicación del contrato de actualización del Sistema Marangatu de la SET al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT).

 

En noviembre de 2022 se inició el desarrollo del juicio oral y público. La defensa fue ejercida por los abogados Rodrigo Yódice y César Coll. La demandada había solicitado en su querella la condena de dos años de pena privativa de libertad más una compensación económica de 1.4 millones de dólares.

 

Como resultado de la querella presentada por la ex viceministra de la SET contra la directora del diario ABC Color y el periodista Lezcano por publicaciones de supuestas irregularidades durante su gestión, los representantes del medio de comunicación fueron condenados a pagar multas millonarias.

 

Carátula: JUAN CARLOS LEZCANO FLECHA Y OTROS S/ DIFAMACIÓN. EXPEDIENTE N° 482, AÑO 2019. JUZGADO DE SENTENCIA N° 14.

 

Sentencia: CONDENADOS A PAGAR MULTAS E INDEMNIZACIONES.

 

Estado de la causa: El 08/NOV/2019 se ordenó la apertura a juicio oral y público ante la falta de conciliación entre las partes. El 17 noviembre de 2022 el juez Wilfrido Peralta sentenció que Zuccolillo deberá pagar 87,4 millones de guaraníes en multa y se le impuso otra pena de composición, que implica el pago a la exfuncionaria de 400 millones de guaraníes. Por su parte, Lezcano fue sentenciado a pagar una multa de seis millones de guaraníes. 

 

En su exposición, Peralta argumentó que la publicación de ABC vulneró «la honra y el prestigio de la persona quien se desempeñaba como viceministra de la Secretaría de Estado de Tributación». Además, rechazó el pedido de prescripción interpuesto por la defensa, al considerar que los argumentos esgrimidos «no corresponden».

 

Fuentes:

 

Sociedad Interamericana de Prensa

 

Revista Plus 

 

Diario ABC Color

 

Diario ABC Color

 

Diario ABC Color

 

Diario ABC Color

 

Diario ABC Color

 

Diario ABC Color

 

Sitio web de la Red Global IFEX por la defensa y promoción de la libertad de expresión

 

Sitio web de la Sociedad Interamericana de Prensa

 

Knight Center – LatAm Journalism Review 

 

Diario La Nación

 

Sistema de consultas de casos judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

 

Diario La Nación

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: El ex senador Dionisio Amarilla accionó judicialmente contra el periodista de ABC Color tras publicaciones sobre licitaciones amañadas en el IPS.

 

Fecha del hecho: viernes 12 de julio de 2019.

 

Función: Periodista de ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: El ex senador Dionisio Amarilla tomó acciones judiciales después de verse involucrado en un supuesto caso de soborno al comunicador, quien lo investigó por la licitación del Instituto de Previsión Social (IPS) a una empresa de seguridad. El periodista habría recibido un intento de soborno de G. 22 millones para dejar la investigación en curso sobre el caso. A la fecha se espera el juicio oral y público. Cabe destacar que luego de que las investigaciones periodísticas de Lezcano fueran publicadas, Amarilla fue removido de su cargo de senador.

 

Carátula: JUAN CARLOS LEZCANO FLECHA S/ CALUMNIA Y OTROS EXPEDIENTE N° 219 AÑO 2019. JUZGADO DE SENTENCIA N° 3.

 

Sentencia: PENDIENTE.

 

Estado de la causa: El pasado 15 de septiembre de 2021 debió realizarse el juicio oral y público, pero este fue suspendido porque la jueza Inés Galarza había remitido el día anterior a la Corte Suprema de Justicia por supuesta contienda de competencia.

 

Fuentes:

https://bit.ly/3p5y6Es

 

https://bit.ly/32pQ6l5

 

https://bit.ly/3cWNPQg

 

Informe anual 2019 de la Relatoría para la Libertad de Expresión:
https://bit.ly/3r7P2ga

 

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Periodista de ABC Color fue interrogada sobre sus fuentes en el marco de una causa por hechos de corrupción pública que ella y su equipo periodístico habían investigado y publicado.

 

Fecha del hecho: jueves 22 de marzo de 2018.

 

Función: Periodista de ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: Entre noviembre y diciembre de 2017 la periodista Rehnfeldt hizo públicos audios que revelaron hechos de corrupción y tráfico de influencias por parte de importantes figuras políticas del país. Una de las consecuencias, casi inmediatas, de estas publicaciones ha sido el desafuero de los senadores Óscar González Daher y Jorge Oviedo Matto. Así como la condena a penas privativas de libertad de los involucrados.

 

En el marco de la causa, en marzo de 2018 la periodista fue interrogada en calidad de testigo por agentes fiscales sobre su trabajo periodístico, y especialmente, sobre el origen de sus fuentes, lo cual es inconstitucional, pues el Artículo 29 de la Constitución Nacional de la República del Paraguay garantiza la protección a las fuentes periodísticas: “(…) Los periodistas de los medios masivos de comunicación social en cumplimiento de sus funciones, no serán obligados a actuar con los dictados de su conciencia ni a revelera sus fuentes de información”.

 

Carátula: RAÚL ANTONIO FERNÁNDEZ LIPPMANN, ÓSCAR ALBERTO GONZÁLEZ DAHER, JORGE OVIEDO MATTO, JOSÉ CARMELO CABALLERO Y RUBÉN DARÍO SILVA SEGOVIA S/ TRÁFICO DE INFLUENCIAS, ASOCIACIÓN CRIMINAL Y OTROS. EXPEDIENTE N° 9869. AÑO 2017. Juzgado Penal de Sentencia N° 35 de la Capital, a cargo del Juez Juan Carlos Zarate. Acción para resolverse en la Sala Constitucional. Tribunal de Apelación 4ta. Sala. 

 

Sentencia: El 28 de diciembre de 2020 se dio por culminado el Juicio Oral y Público, por mayoría el Tribunal de Sentencia Penal resolvió: “Condenar por tráfico de influencias a Oscar González Daher, a 2 años de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, además la inhabilitación de ejercer cargo publico por un periodo de 7 años; Condenar por tráfico de influencias a Raúl Fernández Lipmann, a 2 años de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, además la inhabilitación de ejercer cargo público por un periodo de 7 años; Condenar por tráfico de influencias a Carmelo Caballero, a 1 año 8 meses de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, además la inhabilitación de ejercer cargo público por un periodo de 5 años; Absolver de culpa y pena por el hecho de tráfico de influencias a Jorge Oviedo Matto”.- 

 

Estado de la causa: Se presentaron varios Recursos de Apelación, siguió el trámite de rigor y en fecha 17 de febrero de 2021 se recibió el expediente en el Tribunal de Apelación Cuarta sala.
El Tribunal de Apelación se encuentra integrado por los Magistrados Arnulfo Arias, como pre opinante, Agustín Fernández y Gustavo Auadre, la causa se encuentra a disposición de los Miembros para estudio, no habiendo recaído aun resolución alguna. 

 

Fuentes:

 

https://bit.ly/3I8ncXl

 

https://bit.ly/312PQI6

 

https://bit.ly/3FOBrOT

 

https://bit.ly/3xt7h0P

 

Informe anual 2018 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://bit.ly/3p76COu

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: El ex senador Víctor Bogado inició una querella contra el director de ABC Color tras publicaciones sobre su fortuna.

 

Fecha del hecho: miércoles 13 de setiembre de 2017.

 

Función: Director del diario ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: El entonces senador Víctor Bogado habría iniciado una querella por difamación y calumnia contra el director del diario ABC Color exigiendo un millonario resarcimiento. Esto en razón de las publicaciones del diario sobre la evolución de la fortuna del congresista.

 

Carátula: ALDO ZUCCOLILLO MOSCARDA S/CALUMNIA. EXPEDIENTE 205. AÑO 2017.

 

Sentencia: Causa paralizada.

 

Estado de la causa: El 13 de septiembre de 2017 se presentó el escrito de querella. 

 

Fuentes:

 

Informe anual 2017 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://bit.ly/311xyHo

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Funcionario municipal de la comuna de Cnel. Oviedo querelló al periodista Bianciotto tras publicaciones sobre hechos de corrupción.

 

Fecha del hecho: miércoles 5 de octubre de 2016.

 

Función: Director de Oviedo Press.

 

Ubicación del hecho: Coronel Oviedo, Departamento de Caaguazú.

 

Detalles: Bianciotto publicaba denuncias ciudadanas sobre supuestos hechos de corrupción relacionados con el alquiler de predios públicos. Por esta razón, el director municipal de Catastro de la ciudad de Coronel Oviedo, Juan Daniel Cáceres, querelló por difamación y calumnia a Bianciotto, así como al ciudadano que había hecho la denuncia, Agustín Diarte Sosa.

 

Carátula: JUAN DANIEL CACERES MENDOZA C/ CRISTIAN BIANCCIOTTO S/ CALUMNIA Y DIAMACION EN CORONEL OVIEDO. EXPEDIENTE N° 4197. AÑO 2016.

 

Sentencia: PENDIENTE.

 

Estado de la causa: Se admitió la querella. Causa a cargo del Tribunal de Sentencia, Secretaría N° 3 de la Circunscripción Judicial de Caaguazú.

 

Fuentes:

 

https://bit.ly/3DWuDhr

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 2

 

Hecho: Los directores de ABC Color y Vanguardia fueron absueltos en una causa por difamación y calumnia promovida por el periodista Héctor Guerín.

 

Fecha del hecho: lunes 18 de julio de 2016.

 

Función: Director del diario Vanguardia y entonces director del diario ABC Color.

 

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

 

Detalles: El juez Elio Rubén Ovelar absolvió a Nelson Zapata y Aldo Zuccolillo, director del diario Vanguardia y director del diario ABC Color respectivamente en el juicio por difamación y calumnia que había sido promovido por el periodista Héctor Guerín, quien se sintió agraviado por publicaciones de estos medios en los que se afirmaba que Guerín habría ubicado a varios de sus parientes en instituciones públicas debido al tráfico de influencias.

 

Carátula: NELSON ZAPATA ACOSTA Y OTROS S/DIFAMACIÓN Y OTROS. EXPEDIENTE N° 258. AÑO 2014.

 

Sentencia: Sentencia definitiva por la cual Nelson Zapata y Aldo Zuccolillo son absueltos de reproche y pena.

 

Estado de la causa: La sentencia definitiva de fecha 18 de julio de 2016 absolvió de culpa y reproche a Nelson Zapata y Aldo Zuccolillo.

 

Fuentes:

Informe anual 2016 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://bit.ly/3p3T7PJ

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Corresponsal en Caazapá fue vinculado a un hecho de extorsión que involucraba a un agente fiscal medioambiental.

 

Fecha del hecho: viernes 26 de setiembre de 2014.

 

Función: Corresponsal del diario ABC Color en Caazapá.

 

Ubicación del hecho: Caazapá, Departamento de Caazapá.

 

Detalles: El caso inicia en junio de 2008 cuando el corresponsal Caballero enfrentó una causa judicial por extorsión en el marco de un operativo realizado por el ex agente fiscal Arnaldo Giuzzio, en el cual había sido descubierto en flagrancia al entonces fiscal del medioambiente de la ciudad de San Juan Nepomuceno Vidal Sánchez Aranda. De acuerdo con Giuzzio, el ex fiscal Sánchez actuaba de intermediario entre el comunicador y la víctima, Beatriz Gamarra ex funcionaria de SENEPA, quien le pagaba para impedir la publicación de artículos periodísticos en su contra. El comunicador estuvo privado de su libertad más de dos semanas, con prisión domiciliaria.

 

El juez penal de garantías de San Juan Nepomuceno, César Acosta Maldonado, había sobreseído al periodista en junio de 2009 al periodista porque no se configuraba el hecho punible de extorsión contra el comunicador, ya que no fue él quien había recibido el dinero por parte de la víctima, sino el ex fiscal medioambiental.

 

Sin embargo, este fallo de primera instancia fue apelado por el ex fiscal Giuzzio y proseguido por el fiscal anticorrupción Luis Piñanez bajo el argumento de que el juez Acosta Maldonado no habría valorado correctamente las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

 

Finalmente, el periodista fue sobreseído por el Tribunal de Apelaciones de Caazapá a través del Acuerdo y Sentencia N° 30 del 26 de septiembre de 2014.

 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Sentencia: El periodista Antonio Caballero fue sobreseido en virtud del Acuerdo y Sentencia N° 30 de fecha 26 de septiembre de 2014 por el Tribunal de Apelaciones de la ciudad de Caazapá presidido por la magistrada Ramona Troche. 

 

Estado de la causa: El juicio oral y público se realizó el 12 de mayo de 2014. La causa finalizó con la absolución del periodista. La defensa del mismo fue ejercida por los defensores públicos Jorge Sales Altamirano y Luis Gutiérrez Chamorro.

 

Fuentes:

 

Informe sobre el estado de los derechos humanos en el Paraguay, año 2009: https://bit.ly/3cUaPiV

 

https://bit.ly/3xpJL4K

 

https://bit.ly/3nTFRhc

 

https://bit.ly/3D0RNSx

 

https://bit.ly/3nVu6qL

 

https://bit.ly/3rh67Em

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

 

Informe anual 2014 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://bit.ly/3cUDHaZ

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Jefe policial de Amambay querelló a periodista luego de publicaciones sobre hechos de corrupción policial.

 

Fecha del hecho: Año 2014.

 

Función: Periodista en Amambay.

 

Ubicación del hecho: Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay.

 

Detalles: El jefe policial del Departamento de Amambay denunció al periodista Gómez Caballero por haber publicado investigaciones sobre hechos de corrupción en el cuerpo policial de la zona.

 

Carátula: HUGO FIDEL ACUÑA URBIETA C/ ANIBAL GOMEZ CABALLERO S/ CALUMNIA, DIFAMACION E INJURIA EN ESTA CIUDAD. EXPEDIENTE N° 45. AÑO 2015.

 

Sentencia: PENDIENTE.

 

Estado de la causa: Se admitió la querella según A. I. N° 48 de fecha 01 de junio de 2016. Causa a cargo del Tribunal Unipersonal de Sentencia, jueza Sadi López, de la Circunscripción Judicial de Amambay.

 

Fuentes:

https://bit.ly/3re0FSz

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Odontólogo promovió acción judicial contra corresponsal en Capiibary.

 

Fecha del hecho: noviembre de 2013.

 

Función: Corresponsal del diario Crónica en Capiibary.

 

Ubicación del hecho: Capiibary, Departamento de San Pedro del Ykuamandiyu. 

 

Detalles: El periodista Núñez fue querellado por el odontólogo René Meza Ayala debido a una publicación en el diario Crónica. El juez de la causa, Tito Derlis Gauto, condenó al comunicador al pago de G. 10 millones como indemnización al profesional médico. El fallo fue apelado, donde fue ratificado, por lo que se llegó a la Corte Suprema de Justicia. Desde el Sindicato de Periodistas del Paraguay sostuvieron que el manejo del medio en cuanto al texto remitido por el corresponsal fue irresponsable.

 

Carátula: RENE MEZA AYALA C/ ALBERTO NUÑEZ BARRETO S/ CALUMNIA, DIFAMACION E INJURIA EN CAPIIBARY. EXPEDIENTE N° 2699. AÑO 2013.

 

Sentencia: PENDIENTE.

 

Estado de la causa: Se presentó la acusación particular. Causa a cargo del Juzgado Penal de Ejecución de San Pedro. El juez de la causa, Tito Derlis Gauto, condenó al comunicador al pago de G. 10 millones como indemnización al profesional médico. El fallo fue apelado, donde fue ratificado, por lo que se llegó a la Corte Suprema de Justicia.

 

Fuentes:

https://bit.ly/3xrACbE

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Agente policial entabló querella contra corresponsal luego de publicación de fotografía en la que aparecía junto con otras personas bebiendo alcohol y portando armas de fuego.

 

Fecha del hecho: marzo de 2013.

 

Función: Corresponsal de los diarios Popular, Unicanal y ADN en San Pedro.

 

Ubicación del hecho: San Pedro, Departamento de San Pedro del Ykuamandiyu.

 

Detalles: El periodista había publicado una fotografía en la que aparecían 4 personas, agentes policiales entre ellas, compartiendo bebidas alcohólicas y portando armas de fuego. A raíz de ello, la funcionaria Angelina Brizuela Díaz entabló una querella contra el periodista por difamación, injuria y calumina. Es en el marco de esta causa que la jueza Olga Ruíz González ordena su captura y posterior reclusión al penal regional, lo cual pudo ser impedido por su representación legal. 

 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Fuentes:

 

https://bit.ly/3D8xfId

 

https://bit.ly/310uv20

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Senador liberal querelló a periodista pedrojuanino por sus comentarios desfavorables hacia su persona.

 

Fecha del hecho: año 2013.

 

Función: Periodista de radio Oasis.

 

Ubicación del hecho: Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay.

 

Detalles: El entonces senador Robert Acevedo querelló al periodista por difamación y calumnia luego de que sus comentarios en el programa radial que conducía en radio Oasis lo hubieran molestado. Estando a punto de prescribir la causa, en el año 2020, la justicia apuró la realización del juicio oral y público al comunicador. Asimismo, Gómez Caballero había denunciado a las juezas Ana Graciela Aguirre y Mirna Carolina Ocampos. 

 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Fuentes:

 

https://bit.ly/3rbSmXy

 

https://bit.ly/3xr455C

 

https://bit.ly/3FNlB76

 

https://bit.ly/32Do3yT

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 3

 

Hecho: Los periodistas de radio Sembrador fueron querellados por el contenido de sus programas.

 

Fecha del hecho: año 2013.

 

Función: Radio Sembrador.

 

Ubicación del hecho: Villa Hayes, Departamento de Presidente Hayes.

 

Detalles: Las periodistas Yilda Alegre, Susana Cantero y el periodista Tomás González de radio Sembrador de Villa Hayes (Chaco) fueron llevados ante la justicia por tratar temas de interés ciudadano en sus programas radiales.

 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Fuentes:

 

https://bit.ly/3xpwPM6

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Ex abogado de Alfredo Stroessner querelló por difamación a periodista de ABC Color por haberlo vinculado con los crímenes del dictador.

 

Fecha del hecho: año 2012.

 

Función: Periodista de ABC Color, especializado en temas sobre el stronismo.

 

Ubicación del hecho: Asunción.

 

Detalles: Hirán Delgado Von Leppel, ex abogado del dictador Alfredo Stroessner, promovió una querella por difamación contra el periodista Alberto Candia debido a que el accionante se sintió agravado por las expresiones del periodista donde lo tildaba de cómplice de la dictadura. El querellante había solicitado pena privativa de libertad y una multa pecuniaria para el periodista.

 

A finales de septiembre de 2012, el juez Héctor Capurro, quien tenía a su cargo la causa, absolvió al comunicador.

 

Carátula: ALBERTO CANDIA S/ DIFAMACIÓN E INJURIA. EXPEDIENTE N° 153. AÑO 2012.

 

Sentencia: Por Sentencia Definitiva del 28 septiembre de 2012 el comunicador Alberto Candia fue absuelto en la causa. Causa a cargo del juez Héctor Capurro.

 

Estado de la causa: En septiembre de 2012 el comunicador Alberto Candia fue absuelto en la causa. Juez: Héctor Capurro.

 

Fuentes:


Informe sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2012: https://bit.ly/3nTTZag

 

https://bit.ly/3DYZMAX

 

https://bit.ly/32Di3WQ

 

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

 

Hecho: Político colorado de Yuty querelló a comunicador radial por haber leído al aire una noticia desfavorable a él.

 

Fecha del hecho: año 2012.

 

Función:Periodista radial.

 

Ubicación del hecho: Yuty, Departamento de Caazapá.

 

Detalles: El periodista había sido querellado por un político colorado de la zona, Benjamín Adaro Monzón, quien se había sentido agraviado porque el periodista radial había leído al aire una noticia negativa publicada en el diario ABC Color, que lo involucraba. La jueza de primera instancia, Mercedes Balbuena Ortíz, había absuelto al periodista en mayo de 2012. Sin embargo, el político apeló la decisión ante un tribunal de alzada y éste revocó la primera sentencia condenándolo en la causa por difamación.

 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

 

Estado de la causa: El 10 de mayo de 2012 la jueza de primera instancia Mercedes Balbuena Ortíz había absuelto al comunicador César Ferreira. El demandante, Benjamín Adaro Monzón, apeló la decisión judicial obteniendo así un fallo favorable a su petición con la Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial de Caazapá, conformada por los miembros Teresa Isabel Doldán, Édgar Urbieta Vera y David Alider Ruíz Díaz el 30 de agosto de 2012. Este nuevo fallo ordenaba la realización de un nuevo juicio.

 

Fuentes:


Informe sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2012: https://bit.ly/30WIfLH

 

https://bit.ly/3I8pIgf

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: 

Fecha del hecho: jueves 30 de junio de 2011.

Función: Periodista del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Zunilda Castiñeira, más conocida como Zuni Castiñeira, empresaria y por ese entonces política colorada, había presentado una querella por difamación contra la periodista Sandra López del diario ABC Color pidiendo una condena de 2 años de pena privativa de libertad y el resarcimiento de 6.000 millones de guaraníes. Castiñeira se sintió agraviada por las publicaciones periodísticas sobre supuestos hechos de corrupción en los que estaría involucrada. El juez a cargo, Manuel Aguirre, absolvió a la periodista, pues López publicó información basada en documentos y fuentes veraces. 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: La periodista fue absuelta el 30 de junio de 2011 por el juez a cargo de la causa, Manuel Aguirre Rodas. 

Estado de la causa: La periodista fue absuelta en el año 2011. 

Fuentes:

Informe sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2011: https://bit.ly/3cU7RuM

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2011 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://bit.ly/3E0fV9e

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Una oficial de policía querelló al periodista tras publicaciones que la involucraban en hechos de tortura.

Fecha del hecho: viernes 14 de febrero de 2011.

Función: Corresponsal del diario ABC Color en Guayaybi.

Ubicación del hecho: Guayaybi, Departamento de San Pedro del Ykuamandiyú.

Detalles: Una subcomisaria de la ciudad de Guayaybi interpuso una querella por difamación y calumnia contra el corresponsal, luego de sentirse agraviada por denuncias de torturas mientras ella se desempeñaba como jefa de la comisaría 16 de Guayaybi. 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe anual 2011 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/2p8sfjfd

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Ex funcionarios de la Secretaría de Emergencia accionaron judicialmente contra el periodista tras publicaciones que los responsabilizaban por el mal manejo de fondos institucionales.

Fecha del hecho: viernes 1 de octubre de 2010.

Función: Periodista del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Los ex funcionarios de la Secretaría Nacional de Emergencia, Camilo Soares y Alfredo Guachiré, presentaron acciones judiciales contra el periodista Jorge Torres tras sentirse agraviados por las publicaciones del periodista sobre el manejo irregular de fondos de la institución. 

Carátula: JORGE TORRES ROMERO S/CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 525. AÑO 2010.

JORGE ALBERTO TORRES ROMERO S/ CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 574. AÑO 2010.

Sentencia: En una de las causas (Expediente N° 525/2010) se declaró la prescripción del hecho punible de calumnia, mientras que en la segunda (Expediente N° 574/2010) figura como pendiente en el Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia. 

Estado de la causa: De acuerdo al A. I. de fecha 05 de diciembre de 2014 se declaró la prescripción del hecho punible de calumnia en el Expediente N° 525/2010. Según el A. I. de fecha 13 de noviembre de 2014 se dio por decaído el derecho que tenía el querellante.

En relación al Expediente N° 574/2010 actualmente se encuentra en la Oficina de Seguimiento de Juicios Orales.

Fuentes:

Informe anual 2011 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/2p8sfjfd

https://tinyurl.com/bzrr4jdy

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director de ABC Color fue condenado al pago de una millonaria indemnización en el marco de un juicio promovido por el magistrado Carmelo Castiglioni.

Fecha del hecho: lunes 5 de abril de 2010.

Función: Director del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Zuccolillo fue condenado al pago de 50 mil dólares más intereses como indemnización por daños morales al magistrado Carmelo Castiglioni debido a la crítica del diario ABC Color al fallo del juez por el cual se absolvía, en segunda instancia, al ex presidente de la República Luis Ángel González Macchi.

Carátula: CARMELO AUGUSTO VICENTE CASTIGLIONI ALVARENGA C/ A.B.C. COLOR Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑO MORAL. EXPEDIENTE N° 94. AÑO 2007.

Sentencia: PENDIENTE.

Estado de la causa: El 13 de octubre de 2021 el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Undécimo Turno, Secretaría 22 ha dictado la providencia de autos para resolver.

Fuentes:

Informe anual 2010 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/44p5tyvz

https://tinyurl.com/yck6urbv

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Político colorado de Salto del Guairá querelló a corresponsal tras publicaciones que lo vinculaban con hechos de corrupción.

Fecha del hecho: martes 29 de diciembre de 2009.

Función: Corresponsal del diario ABC Color en Salto del Guairá.

Ubicación del hecho: Salto del Guairá, Departamento de Canindeyú.

Detalles: Rosendo Duarte publicó artículos periodísticos que involucraban al político colorado Marciano Godoy en presuntos hechos de corrupción pública. Esto agravió al político, quien inició una querella por difamación y calumnia contra el comunicador. La jueza Elsa García absolvió a Duarte por no haber encontrado elementos que demostraran que sus publicaciones tuvieran otra intención más que la de informar.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: Rosendo Duarte fue absuelto.

Estado de la causa: En virtud de la sentencia del 29 de diciembre de 2009 Rosendo Duarte fue absuelto de los delitos de difamación y calumnia.

Fuentes:

Informe anual 2009 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/2p8mb4kc

https://tinyurl.com/3btfrdcp

https://tinyurl.com/2p8t399x

https://tinyurl.com/2p84b832

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El comunicador y activista campesino fue condenado por el hecho punible de invasión de inmueble.

Fecha del hecho: octubre de 2009.

Función: Director de radio Joaju.

Ubicación del hecho: Tavai, Departamento de Caazapá.

Detalles: El periodista es también integrante de la Organización de Lucha por la Tierra (OLT). En octubre de 2009 fue condenado a dos años de pena privativa de libertad por el hecho punible de invasión de inmueble. Sin embargo, la real razón de su condena tendría relación con su función de comunicador, pues a través de la emisora difundía la situación de los campesinos y las tierras en la zona.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe sobre el estado de los derechos humanos en el Paraguay, año 2009: https://tinyurl.com/2bv632nt

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Empresario guaireño denunció a periodista por supuestas extorsiones.

Fecha del hecho: año 2009.

Función: Periodista del diario Última Hora.

Ubicación del hecho: Periodista del diario Última Hora.

Detalles: El empresario guaireño Rodolfo Max Friedman había presentado una denuncia contra el periodista Esteban Acevedo porque supuestamente este le había solicitado dinero para direccionar algunas publicaciones periodísticas. Esto implicó que el diario Última Hora lo despidiera. Finalmente el periodista fue absuelto, por lo que accionó judicialmente contra Friedmann por daños y perjuicios. 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: El periodista fue absuelto.

Estado de la causa: El periodista fue absuelto.

Fuentes:

Informe sobre el estado de los derechos humanos en el Paraguay, año 2009: https://tinyurl.com/2bv632nt

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Un ex consejero de Yacyreta querelló al periodista por difamación y calumnia luego de publicaciones que lo involucraban en hechos de corrupción.

Fecha del hecho: año 2009.

Función: Corresponsal del diario ABC Color en Ayolas.

Ubicación del hecho: San Juan, Departamento de Misiones.

Detalles: El ex consejero de la Entidad Binacional Yacyreta, Pablino Rodríguez, inició una querella por difamación y calumnia contra el corresponsal Aquino Medina luego de unas publicaciones que lo involucraban con presuntos hechos de corrupción. En junio de 2012 el político desistiría de la querella por haber llegado a un acuerdo conciliatorio con el periodista.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: Causa penal extinguida por haber llegado a una conciliación.

Estado de la causa: El 3 de junio de 2012 debía realizarse el juicio oral y público en el marco de la querella por difamación y calumnia al periodista William Aquino. Sin embargo, las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio. 

Fuentes:

Informe anual 2009 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/2p8mb4kc

https://tinyurl.com/3btfrdcp

https://tinyurl.com/26px52fp

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Director del diario ABC Color fue condenado a pagar millonaria indemnización a senador Juan Carlos Galaverna.

Fecha del hecho: del 24 de diciembre de 1998 al 20 de diciembre de 2008.

Función: Director del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El entonces director del diario ABC Color, Aldo Zuccolillo Moscarda, fue condenado a pagar una multa en una causa iniciada por la querella del senador Juan Carlos Galaverna por los hechos punibles de difamación, calumnia e injurias. Las publicaciones por las que el congresista se sintió ofendido lo relacionaban con hechos de corrupción, enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias.

El caso se inició en el año 1998. La condena de primera instancia fue dada en abril de 2001 y posteriormente ratificada el 28 de diciembre de 2005. El monto fue de 1300 millones de guaraníes.

Ante este desfavorable escenario judicial, el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violación a la libertad de expresión, al principio de legalidad, falta de garantías judiciales y protección judicial, todos garantizados en la Convención Americana de Derechos Humanos (Ley N° 1/1989). El 20 de diciembre de 2008 fue declarada admisible la petición por parte de la CIDH.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: El caso se inició en el año 1998. La condena de primera instancia fue dada en abril de 2001 y posteriormente ratificada el 28 de diciembre de 2005. El monto fue de 1300 millones de guaraníes.

Ante este desfavorable escenario judicial, el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por violación a la libertad de expresión, al principio de legalidad, falta de garantías judiciales y protección judicial, todos garantizados en la Convención Americana de Derechos Humanos (Ley N° 1/1989). El 20 de diciembre de 2008 fue declarada admisible la petición por parte de la CIDH.

Fuentes

Informe sobre el estado de los derechos humanos en el Paraguay, año 2009: https://tinyurl.com/2bv632nt

https://tinyurl.com/yckzydtj

Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, año 2008:

https://tinyurl.com/yckzy3wj

https://tinyurl.com/2p98ca4y

Cantidad de víctimas por hecho: 2

Hecho: Los periodistas y director del diario ABC Color fueron querellados tras publicaciones sobre irregularidades en obras viales que involucraban al Arq. José Federico Schenk Santiviago.

Fecha del hecho: año 2008.

Función: Periodistas del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Los periodistas Enrique Dávalos y Carlos Cáceres habían realizado publicaciones sobre irregularidades en la construcción de obras viales, por lo que fueron querellados por el Arq. José Federico Schenk Santiviago. La querella solicitó la pena privativa de libertad más la indemnización por el monto de 6.100 millones de guaraníes. En la querella también fue incluido el director del medio, Aldo Zuccolillo.

Carátula: ENRIQUE DAVALOS ALFARO Y OTROS S/ CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 6555. AÑO 2005. 

Sentencia: Los periodistas y el director del diario ABC Color fueron absueltos.

Estado de la causa: Finalizado con la absolución de los querellados.

Fuentes:

Informe anual 2008 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/ycktddw2

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Senador Bader Rachid Lichi querelló a periodista por publicaciones que lo vinculaban al caso de la secta Moon.

Fecha del hecho: junio de 2005.

Función: Periodista del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El entonces senador Bader Rachid Lichi promovió una querella contra la comunicadora luego de una serie de publicaciones en las que afirmaba que el congresista era propietario de una finca colindante con las tierras de la secta Moon, por lo que con esa expropiación él sería favorecido. 

Carátula: NANCY ESPINOLA S/ DIFAMACION Y CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 6654. AÑO 2005.

Sentencia: PENDIENTE.

Estado de la causa: Se dio inicio a la causa en fecha 05/08/2005. La causa se encuentra a cargo del Juzgado de Sentencia N° 7 de la Capital.

Fuentes:

Informe del estado de derechos humanos en Paraguay, año 2005:

https://tinyurl.com/3y85jey2

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Directora del semanario esteño fue condenada a pena privativa de libertad y pago de indemnización a empresario.

Fecha del hecho: año 2005.

Función: Directora del semanario Primicia.

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

Detalles: El empresario asiático, Roberto Shih, se sintió agraviado por publicaciones realizadas en el semanario. La directora del medio fue condenada a un año de pena privativa de libertad con suspensión de condena, lo cual significa que no fue recluida en una institución penitenciaria. Asimismo, tuvo que pagar la suma de 5 millones de guaraníes como compensación. 

Carátula: PATRICIA STADECKER S/ DIFAMACIÓN Y CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 1153. AÑO 2004.

Sentencia: La directora del medio fue condenada a un año de pena privativa de libertad con suspensión de condena, lo cual significa que no fue recluida en una institución penitenciaria. Asimismo, tuvo que pagar la suma de 5 millones de guaraníes como compensación. 

Estado de la causa: La directora del medio fue condenada a un año de pena privativa de libertad con suspensión de condena, lo cual significa que no fue recluida en una institución penitenciaria. Asimismo, tuvo que pagar la suma de 5 millones de guaraníes como compensación. 

Fuentes: 

Informe del estado de derechos humanos en Paraguay, año 2005: https://tinyurl.com/3y85jey2

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El columnista y candidato a la presidencia de la República fue querellado por sus comentarios sobre el también candidato presidencial Juan Carlos Wasmosy y sus socios de la constructora CONEMPA sobre hechos de corrupción al momento de la construcción de la represa de Itaipú. El caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Fecha del hecho: de agosto de 1992 al 31 de agosto de 2004.

Función: Columnista del diario La Nación y candidato a la presidencia de la República.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: En agosto de 1992, Ricardo Canese, en ese momento columnista del diario La Nación, había publicado una serie de artículos en los que exponía hechos de corrupción asociados al entonces candidato a la presidencia de la República por el Partido Colorado, Ing. Juan Carlos Wasmosy y a sus socios de una firma constructora durante la construcción de la represa de Itaipú.

Asimismo, Canese también fue candidato a la presidencia y durante los discursos políticos exponía estos argumentos. Todo ello llevó a que Wasmosy y sus socios presentaran una querella por difamación y calumnia contra Canese. El 22 de marzo de 1994 la misma fue resuelta por el juzgado de primera instancia en lo penal, en la que fue condenado a 4 meses de pena privativa de libertad y al pago de una multa.

Ante este resultado adverso, Canese presentó una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de primera instancia. La Sala Constitucional rechazó la acción en octubre de 1997 argumentando que no se habían agotado las vías. Por lo que el querellado apeló el fallo ante el Tribunal de Apelación en lo Criminal y éste dictaminó el 4 de noviembre de 1997 aun de manera adversa, pues el sentido de culpabilidad se ratificaba, solo se reducían las sentencias, quedando en 2 meses de pena privativa de libertad y el pago de la multa en cerca de 3 millones de guaraníes. Además de ello, durante todo el proceso judicial, Canese tuvo la prohibición de salir del país.

A la par del proceso judicial en Paraguay, Canese presentó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el de julio de 1998. Finalmente, en diciembre de 2002, la Corte Suprema de Justicia anuló el fallo absolviendo a Canese.

En el año 2002, la CIDH había emitido una serie de recomendaciones al Estado Paraguayo; las que fueron incumplidas por este. Razón por la que en el año 2004, la CIDH elevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la que concluyó que el Estado paraguayo violó la libertad de expresión de Ricardo Canese. El 6 de agosto de 2008 la Corte IDH concluyó el proceso de supervisión del acatamiento de la sentencia emanada en 2004; el Estado paraguayo había dado cumplimiento a la sentencia de fondo, así también pagó los intereses moratorios de la indemnización.

Carátula: RICARDO CANESE S/ CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 10593. AÑO 1992.

Sentencia: El 22 de marzo de 1994 la misma fue resuelta por el juzgado de primera instancia en lo penal, en la que fue condenado a 4 meses de pena privativa de libertad y al pago de una multa.

Ante este resultado adverso, Canese presentó una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de primera instancia. La Sala Constitucional rechazó la acción en octubre de 1997 argumentando que no se habían agotado las vías. Por lo que el querellado apeló el fallo ante el Tribunal de Apelación en lo Criminal y éste dictaminó el 4 de noviembre de 1997 que la culpabilidad se ratificaba, pero se reducían las sentencias, quedando en 2 meses de pena privativa de libertad y el pago de la multa en cerca de 3 millones de guaraníes. Además se le impuso la prohibición de salir del país.

Estado de la causa: A nivel nacional fue absuelto por la Corte Suprema de Justicia en diciembre de 2002, cuando ésta anuló el fallo condenatorio. A la par, el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuyas recomendaciones el Estado paraguayo no tomó en consideración, por lo que el caso llegó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La supervisión del acatamiento de la sentencia de la Corte IDH culminó en agosto de 2008 concluyendo que Paraguay había cumplido finalmente con todos los puntos.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1997: https://tinyurl.com/2njbxup4

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2004. Edición impresa.

https://tinyurl.com/2scnpe9w

https://tinyurl.com/ycknn8z4

https://tinyurl.com/4jyxzu3m

https://tinyurl.com/2p88y7f9

https://tinyurl.com/3cy7e9c5

https://tinyurl.com/3u5uvtfe

https://tinyurl.com/yem5x57r

https://tinyurl.com/mte373vh

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2009 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/2p8mb4kc

Informe anual 2002 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/98va6nb3

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director del diario ABC Color fue querellado por Juan Ernesto Villamayor tras publicaciones del medio que lo relacionaban con el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores.

Fecha del hecho: domingo 23 de mayo de 2004.

Función: Director del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Aldo Zuccolillo fue querellado por el ex ministro Juan Ernesto Villamayor tras las publicaciones del diario ABC Color en las que se abordaba el escándalo financiero que había significado el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores.

En octubre de 2003 Zuccolillo fue condenado por el juez de primera instancia Dionisio Nicolás Frutos al pago de una multa al Estado de más de 15 mil dólares y como resarcimiento a Villamayor el monto equivalente a 12 mil dólares.

Este fallo judicial fue apelado por los representantes legales de Zuccolillo y el 23 de mayo de 2004 el Tribunal de Apelación que atendió el caso dejó sin efecto la primera sentencia, evitando de ese modo el millonario pago que debía hacer el director del diario ABC Color.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: Aldo Zuccolillo fue absuelto en segunda instancia el 23 de mayo de 2004.

Estado de la causa: Finalizado con la absolución del querellado.

Fuentes:

Informe anual 2004 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/bdzfx65m

Informe anual 2003 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/mrxedcse

https://tinyurl.com/2p8vzs5f

https://tinyurl.com/2p8dutxw

Cantidad de víctimas por hecho: 2

Hecho: Las periodistas y el diario ABC Color fueron demandados por indemnización de daño moral por parte del ex presidente Wasmosy.

Fecha del hecho: Año 2004.

Función: Periodistas del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Las periodistas Mabel Rehnfeldt y Nacha Sánchez habían publicado una investigación sobre hechos de corrupción en los que se vinculaban a Petropar. Estas publicaciones agraviaron al ex presidente de la República, Ing. Juan Carlos Wasmosy, por lo que presentó una acción judicial contra las comunicadoras y el diario ABC Color por indemnización de daño moral.

Carátula: JUAN CARLOS WASMOSY C/ MABEL REHNFELDT, NACHA SANCHEZ Y EDITORIAL AZETA S.A. S/ INDEMNIZACION DE DAÑO MORAL.

Sentencia: PENDIENTE.

Estado de la causa: La causa se encuentra paralizada. Está a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Tercer Turno, Secretaría 25.

Fuentes: 

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2004. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Un concejal municipal querelló a corresponsal en Santaní tras manifestaciones de pobladores.

Fecha del hecho: Año 2004.

Función: Corresponsal del diario Noticias en Santaní.

Ubicación del hecho: Santaní, Departamento de San Pedro del Ykuamandiyú.

Detalles: El entonces concejal municipal Óscar Arias querelló por incitación a la violencia, amenaza de muerte, lesión corporal y retención ilegítima al corresponsal Escobar; por lo que éste fue imputado. Todo esto en el marco de manifestaciones de los pobladores de la zona en contra de un convenio entre la comuna y USAID. El periodista también era crítico de la administración municipal, por lo que se estima que la acción judicial fue en represalias a sus publicaciones. 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes: 

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2004. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director del diario ABC Color fue querellado por Francisco José de Vargas, entonces miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, por una publicación que lo vinculaba a un pedido de coima.

Fecha del hecho: jueves 26 de junio de 2003.

Función: Director del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Un artículo publicado por el diario ABC Color en abril de 2003 en el cual se relacionaba al entonces miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Francisco José de Vargas, con un pedido de coima para asegurar la destitución del fiscal Alejandro Nissen, motivó la presentación de la demanda por indemnización de daño moral de de Vargas contra Zuccolillo.

El 28 de marzo de 2005 el entonces juez de primera instancia Alberto Martínez condenó al director de medio escrito al pago de 35 millones de guaraníes como indemnización a de Vargas. Este fallo fue apelado en abril de 2005 por los representantes legales del diario. La apelación fue concedida el 4 de mayo de 2005.

Carátula: FRANCISCO JOSE DE VARGAS C/ ALDO ZUCOLILLO S/ INDEMNIZACION DE DAÑO MORAL. EXPEDIENTE N° 590. AÑO 2003.

Sentencia: El 04 de mayo de 2005 fue concedido el recurso de apelación presentado por los representantes legales de Zuccolillo.

Estado de la causa: Paralizado.

Fuentes:

Informe anual 2003 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/mrxedcse

https://tinyurl.com/4cbnuz8p

https://tinyurl.com/ph7zwuh5

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Periodista e historiador del diario ABC Color fue querellado por el Arq. Pereira Javaloyes tras publicación de artículos sobre el daño irreparable en que había incurrido el profesional al restaurar una iglesia en Piribebuy.

Fecha del hecho: Marzo de 2003.

Función: Periodista del diario ABC Color e historiador.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El periodista e historiador Luis Verón fue condenado, en primera instancia, al pago de una multa por valor 50 millones de guaraníes en el marco de una causa judicial por difamación y calumnia iniciada por el Arq. Juan Carlos Pereira Javaloyes, quien se sintiera agraviado luego de que el periodista publicara una serie de artículos en los que abordaba el daño irreparable en el que había incurrido el arquitecto al realizar una restauración deficiente al retablo de la iglesia Ñandejara Guasú en la ciudad de Piribebuy. El juez de primera instancia, Dionisio Nicolás Frutos constató que la información publicada por Verón no era falsa, aunque igualmente lo condenó. La cámara de apelaciones confirmó la condena, pero modificó la sentencia a 10 meses de pena privativa de libertad o la realización de trabajos comunitarios.

Carátula: LUIS VERÓN S/ CALUMNIA, DIFAMACION E INJURIA. EXPEDIENTE N° 89. AÑO 2000.

Sentencia: El juez de primera instancia, Dionisio Nicolás Frutos condenó a Verón al pago de una multa por valor 50 millones. La cámara de apelaciones confirmó la condena, pero modificó la sentencia a 10 meses de pena privativa de libertad o la realización de trabajos comunitarios.

Estado de la causa: La cámara de apelaciones confirmó la condena, pero modificó la sentencia a la realización de trabajos comunitarios.

Fuentes:

Informe del estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2003: https://tinyurl.com/yckpepr2

Informe anual 2006 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/4x8cunew

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2003 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/mrxedcse

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El ex juez Adalberto Fox querelló al periodista por una noticia transmitida durante el noticiero televisivo y en la que se informaba que Fox impulsaba una campaña de venganza contra ex presidente Andrés Rodríguez.

Fecha del hecho: martes 17 de diciembre de 2002.

Función: Director del noticiero de Canal 9 SNT.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: En el año 1997 Fernández Bogado había sido querellado por Adalberto Fox, abogado, ex juez y candidato a senador. Fox se sintió agraviado luego de que en el noticiero se informara que él impulsaba una campaña de venganza contra el ex presidente de la República, Gral. Andrés Rodríguez.

El 17 de diciembre de 2002 el juez de liquidación y sentencia José Waldir Servín declaró culpable a Benjamín Fernández Bogado por el delito de difamación y lo condenó al pago de una multa equivalente a 1.200 dólares y a una indemnización al querellante por el valor estimado de 1.400 dólares.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: El 17 de diciembre de 2002 el juez de liquidación y sentencia José Waldir Servín declaró culpable a Benjamín Fernández Bogado por el delito de difamación y lo condenó al pago de una multa equivalente a 1.200 dólares y a una indemnización al querellante por el valor estimado de 1.400 dólares.

Estado de la causa: Finalizado con la sentencia de culpabilidad de fecha 17 de diciembre de 2002.

Fuentes: 

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1997: https://tinyurl.com/2njbxup4

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2002 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/98va6nb3

https://tinyurl.com/ykvkdpm7

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El comunicador fue condenado al pago de una millonaria multa por una querella promovida por concejales municipales de Concepción.

Fecha del hecho: viernes 21 de setiembre de 2001.

Función:

Ubicación del hecho: Concepción, Departamento de Concepción.

Detalles: El juez de primera instancia, Pablo Cardozo, condenó al comunicador al pago de una multa de 19 millones de guaraníes en el marco de una querella promovida por las autoridades municipales, quienes se sintieron agraviados por publicaciones de Ibáñez, las cuales se realizaron en base a documentos oficiales de la Contraloría General de la República y evidenciaban mala gestión en la administración.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: El comunicador fue condenado al pago de 19 millones de guaraníes como multa.

Fuentes: 

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2001. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2001 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/4z8dexn5

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director del diario Noticias fue querellado por una persona que fue sindicada como uno de los sicarios del magnicidio de Luis María Argaña.

Fecha del hecho: miércoles 4 de octubre de 2000.

Función: Director del diario Noticias.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Richard Gómez Caballero inició una querella contra el director del diario Noticias luego de ser mencionado en una publicación como el tercer sicario responsable del asesinato del vicepresidente de la República, Luis María Argaña. Finalmente, Gómez Caballero fue sobreseído por falta de pruebas.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El presidente de la CUT querelló al periodista tras publicaciones desfavorables a él.

Fecha del hecho: Octubre de 2000.

Función: Periodista del diario Última Hora.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Alan Flores, entonces presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, querelló al periodista tras sentirse agraviado por sus publicaciones.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Abogado querelló a periodista tras publicaciones desfavorables a él.

Fecha del hecho: Octubre de 2000.

Función: Periodista de radio Parque.

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

Detalles: El abogado Adolfo Óscar Giglberger querelló al periodista.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El Partido Colorado promovió una acción judicial por coerción al elector contra el director del diario ABC Color.

Fecha del hecho: Agosto de 2000.

Función: Director del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El Partido Colorado promovió una acción judicial contra el director del diario ABC Color por haber asumido en un par de ocasiones en el editorial del diario posturas a favor del candidato a la vicepresidencia de la República Julio César Franco. Esto por haber realizado propaganda electoral fuera del plazo legal establecido.

Carátula: ALDO ZUCCOLILLO MOSCARDA S/ COERCIÓN AL ELECTOR. EXPEDIENTE N° 2997. AÑO 2000.

Sentencia: La causa había quedado en etapa preparatoria.

Estado de la causa: Actualmente se encuentra en la Oficina de Depuración de Causas Judiciales.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El PLRA demandó al periodista por delitos electorales que perjudicaban al candidato del partido.

Fecha del hecho: Agosto de 2000.

Función: Periodista de radio Uno.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El Partido Liberal Radical Auténtico presentó una demanda contra el periodista Benítez por haber hecho propaganda electoral en el período de veda y contra el candidato de ese partido, Julio César Franco.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director del diario Vanguardia fue condenado a millonario pago de multa en el marco de una querella promovida por el gobernador de Alto Paraná.

Fecha del hecho: lunes 17 de abril de 2000.

Función: Director del diario Vanguardia.

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

Detalles: El entonces gobernador de Alto Paraná, Jotvino Urunaga, querelló a Héctor Guerín tras publicaciones por las que se sintió agraviado. En julio de 2000 Guerín fue sentenciado a pagar una multa de 5 millones de guaraníes.

Las publicaciones realizadas por Guerín tenían como fuente de información los reportes remitidos por la Contraloría General de la República y denuncias de los concejales departamentales de Alto Paraná.

Carátula: HÉCTOR GUERÍN S/ SUP. H.P. C/ EL HONOR Y LA REPUTACIÓN. EXPEDIENTE N° 1528. AÑO 2000.

Sentencia: Se declaró extinta la pena por haberse procedido al pago de la multa de acuerdo a la Resolución N° 300 de fecha 18 de marzo de 2009.

Estado de la causa: El 18 de julio de 2000 el juez Francisco Javier Zacarías Cubilla condenó a Guerín al pago de una multa de 5 millones de guaraníes.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Informe anual 2000 de la Relatoría para la Libertad de Expresión: https://tinyurl.com/yc53radp

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Ciudadano libanés querelló al periodista de ABC Color tras publicaciones que lo involucraban con hechos punibles de falsificación.

Fecha del hecho: Abril de 2000.

Función: Periodista del diario ABC Color.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: El periodista fue querellado por Alí Kalil Merhi, ciudadano libanés implicado en hechos punibles de piratería.

Carátula: VLADIMIR JARA S/ DIFAMACIÓN. EXPEDIENTE N° 651. AÑO 2000.

Sentencia: Causa paralizada.

Estado de la causa: Actualmente se encuentra en la Oficina de Depuración de Causas Judiciales.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 2

Hecho: Periodistas querellaron a los directores de medios por publicaciones que los vinculaban con extorsiones.

Fecha del hecho: viernes 17 de marzo de 2000.

Función: Entonces director del diario ABC Color y del diario Vanguardia.

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

Detalles: Los periodistas Estelvino Valdéz y José Antonio Espínola, de Multimedia y del diario La Nación respectivamente, se sintieron agraviados por publicaciones que los vinculaban con pedidos de coimas, por lo que querellaron al director del diario ABC Color y del diario Vanguardia de Ciudad del Este.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El director del diario La Nación fue condenado al pago de una millonaria multa en el marco de una querella promovida por el ministro de la Corte Fernández Gadea.

Fecha del hecho: Enero de 2000.

Función: Director del diario La Nación.

Ubicación del hecho: Asunción. 

Detalles: Un Tribunal de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, emitida por el juez Emiliano Rolón Fernández, por la que se condena a Domínguez Dibb al pago de 300 millones de guaraníes como multa en el marco de un juicio por difamación y calumnia iniciado por el entonces ministro de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Carlos Fernández Gadea debido a una publicación del diario La Nación donde se acusaba de corruptos a los miembros del Poder Judicial. 

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 2000. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: La periodista fue condenada al pago de una millonaria multa en el marco de una querella promovida por directivos de la constructora CONEMPA.

Fecha del hecho: Año 1999.

Función: Corresponsal del diario Última Hora.

Ubicación del hecho: Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

Detalles: La comunicadora fue condenada al pago de una multa de 10 millones de guaraníes debido a un comentario realizado en el marco de sus funciones periodísticas en el año 1994 y por el que los directivos de la empresa Conempa se sintieron agraviados, ya que trataba sobre sus ganancias. 

Carátula: DOLLY GALEANO GONZÁLEZ S/ DIFAMACIÓN. EXPEDIENTE N° 887. AÑO 1994.

Sentencia: En el año 1999 fue condenada al pago de multa de 10 millones de guaraníes.

Estado de la causa: Finalizado. Estuvo a cargo del Juzgado Penal de Liquidación y Sentencia N° 03 de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1999. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: Sindicalistas querellaron por calumnia al periodista tras publicaciones que los vinculaba con el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores.

Fecha del hecho: Año 1999.

Función: Periodista del diario Última Hora.

Ubicación del hecho: Asunción.

Detalles: Los sindicalistas Eduardo Pérez Avid y Jorge Alvarenga presentaron una querella por difamación contra el periodista a raíz de publicaciones sobre la vinculación de ellos en préstamos irregulares que derivaron con el vaciamiento del Banco Nacional de Trabajadores.

Carátula: JORGE OSVALDO VILLALBA DIGALO S/ CALUMNIA. EXPEDIENTE N° 2806. AÑO 1999.

Sentencia: Causa paralizada.

Estado de la causa: La causa se encuentra paralizada. Estuvo a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal del 5° Turno de la Capital.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1999. Edición impresa.

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Cantidad de víctimas por hecho: 1

Hecho: El corresponsal fue querellado por un empresario de Pedro Juan Caballero tras publicaciones que lo involucraban con hechos punibles.

Fecha del hecho: Febrero de 1997.

Función: Corresponsal del diario ABC Color en Pedro Juan Caballero.

Ubicación del hecho: Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay.

Detalles: El empresario pedrojuanino Marcelino Colmán querelló al corresponsal por difamación, calumnia e injurias graves luego de que éste publicara informes policiales que lo involucraban en ilícitos de tráfico.

Carátula: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Sentencia: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Estado de la causa: NO SE REGISTRA EN EL SISTEMA DE CONSULTA DE CASOS JUDICIALES.

Fuentes:

Informe de CODEHUPY sobre el estado de los derechos humanos en Paraguay, año 1997: https://tinyurl.com/2njbxup4

Sistema de Consulta de Casos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia.

Contenido del acordeón

Esta sección fue desarrollada con la cooperación del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA), en el marco del proyecto “Fortaleciendo en materia de prevención, protección y procuración de justicia frente a la violencia contra periodistas en Paraguay”, con apoyo del Global Media Defence Fund y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

La Base de Datos creada originalmente para este Observatorio abarcó un total de 300 casos de violencia contra periodistas/comunicadores en el lapso de 30 años (1991 a 2021). Los datos del Observatorio son actualizados semestralmente.

Las denominaciones empleadas y la presentación del material en este documento no implican la expresión de ninguna opinión por parte de la UNESCO sobre el estatus legal de ningún país, territorio, ciudad o área o de sus autoridades, ni sobre la delimitación de sus fronteras o límites. Los autores son responsables de la elección y presentación de los hechos contenidos en este documento y de las opiniones expresadas él, que no son necesariamente las de la UNESCO y no comprometen a la Organización.